lunes, 6 de mayo de 2013

CORTE DE SANTIAGO RATIFICA QUE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DEBE ENTREGAR INFORMACIÓN DE CONDONACIÓN TRIBUTARIA A EMPRESA. (06 DE MAYO DE 2013).


La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de reclamación en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia -CPLT-, que ordenó entregar a un particular información tributaria del denominado caso Johnson’s.

En fallo unánime (causa rol 8469-2012), las ministras María Soleda Melo, María Rosa Kittsteiner y el abogado integrante Ángel Cruchaga, ratificaron la determinación de CPLT que ordenó entregar antecedentes relativos a la condonación de impuestos de la empresa a Daniel Vásquez Medina.

La resolución determina que la información tributaria no se encuentra sujeta al secreto tributario, ya que no afecta a ningún contribuyente.

“Que el secreto tributario está establecido en beneficio de los contribuyentes, y en el presente caso, quién recurre de ilegalidad no reviste esa calidad, siendo en todo caso el secreto una norma de excepción, ya que los normal es que las informaciones requeridas sean proporcionadas”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “El acceso solicitado dice relación con la condonación de una deuda tributaria a una empresa que no se ha opuesto a la solicitud de un particular, y no implica acceso a las rentas del contribuyente, su monto, origen, ingresos ni gastos, por lo que no se divisa como podría estar revestida de secreto, más aún si la operación en cuestión tuvo amplia difusión por los medios de comunicación, por lo que el hecho en si mismo es de público conocimiento”.

“En consecuencia en este caso prima el derecho a la información, no existe vulneración al artículo 8° de la Constitución Política, y no hay bienes jurídicos protegidos que puedan ser afectados, por lo que la decisión de la recurrida no está afecta a ilegalidad de ningún tipo”, concluye.


Fuente: Poder Judicial de Chile.

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