miércoles, 7 de agosto de 2013

DIPUTADO TARUD PRESENTA INICIATIVA QUE PRETENDE INCORPORAR INHABILIDAD PARA SER CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. 7 DE AGOSTO DE 2013.

El proyecto de reforma constitucional iniciado por moción del diputado Jorge Tarud, expone que en la Carta Fundamental se exige a los Ministros de Estado la renuncia a sus cargos un año antes del día de la elección para ser candidatos a parlamentarios.
Observa luego que el escenario es diverso tratándose de un Secretario de Estado que pretende ser Presidente de la República. Agrega que inclusive –en silencio de la norma– es posible que se continúe ejerciendo el cargo, afectando así la competencia y dejándolo en una posición de desigualdad respecto a quien no ha tenido tal visibilidad pública.
Concluye que jamás había ocurrido que un Ministro de Estado renunciara pocos meses antes de la elección, como lo hemos visto ahora, para ser candidato a la Presidencia de la República, como ha sucedido en el último periodo.  

En ese orden de ideas, se pretende incorporar explícitamente la inhabilidad para ser candidato presidencial.


Fuente: Diario Constitucional de Chile.

CONSEJO PARA LA TRANASPARENCIA INICIARÁ FISCALIZACIÓN A FUNDACIONES DEPENDIENTES DE LA PRIMERA DAMA. 7 de agosto de 2013.

El principio de transparencia de la función pública consiste en respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de la Administración Pública, así como la de sus fundamentos, y en facilitar el acceso a cualquier persona a esa información a través de los medios y procedimientos que establezca la ley.
Así, una serie de fallos recaídos sobre sendos reclamos de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago -que han rechazado las pretensiones– confirman el criterio del CPLT en relación a los amparos de acceso a la información en contra de las Fundaciones Prodemu y de la Familia, lo que, tras acogerse un reclamo de publicación de información relativa a Transparencia Activa en contra de Integra, motivó la decisión de fiscalizar el cumplimiento de tales normas.
De esa manera, al estimar  que una persona jurídica constituida por la Primera Dama de la Nación no es una institución de derecho privado cualquiera, sino un sujeto obligado por la Ley de Transparencia, el Consejo Directivo del CPLT informó –vía oficio- que pesquisarán, además de las fundaciones ya citadas, a Chilenter, Artesanías de Chile,  Orquestas Juveniles y Tiempos Nuevos.
Por último, en el documento se exhorta a estas entidades sin fines de lucro que incorporen en sus páginas de internet  “de manera completa y actualizada, toda la información a que se refiere el artículo 7 de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento y las Instrucciones Generales 4, 7 y 9” emanadas del Consejo”.

Vea texto íntegro de la sentencia en contra de Fundación Integra Rol N° 6569-2011

Vea texto íntegro de la sentencia en contra de Fundación de la Familia Rol N° 4679-2

Fuente: Diario Constitucional de Chile