miércoles, 26 de septiembre de 2012

LA AGENCIA NACIONAL DE MEDICAMENTOS DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE DETERMINÓ RÉGIMEN DE CONTROL DE PRODUCTOS QUE INDICA, ORDENANDO SU RETIRO DEL MERCADO (Diario Oficial de Chile de 13 de Septiembre de 2012)


Mediante Resoluciones publicadas en las páginas 3 a la 12 del Diario Oficial de Chile, de fecha 13 de Septiembre de 2012, suscritas por la doña Helen Rosenbluth López, Jefa Subdepartamento Registro y Autorizaciones Sanitarias, Agencia Nacional de Medicamentos,  se determinó que diversos medicamentos, usualmente considerados como "naturales", tienen la calidad de Productos Farmacéuticos, razón por la cual deberán  “regirse por las disposiciones del Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano, decreto Nº 3, de 2010, del Ministerio de Salud.” 
Y que ello implicará su inmediata salida del mercado.

En efecto, así se dice en las mismas resoluciones  “De acuerdo a lo señalado en el artículo 8º, del decreto Nº 3, de 2010, del Ministerio de Salud, desde la fecha de notificación de la presente resolución y mientras no se obtenga el registro sanitario de este medicamento, éste deberá ser retirado del mercado por parte de quien lo distribuye o expende, sin perjuicio de las responsabilidades sanitarias a que ello diere lugar”

Se trata de los siguientes medicamentos, todos fabricados por Laboratorio Kornfeld  Chile y de conocidas marcas y gran circulación.

Se trata de los siguientes productos:
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           PRODUCTO ECCHINACEA +PROPOLEO
-          PRODUCTO GINKGO BILOBA
-          PRODUCTO VARI-SOFT
-          PRODUCTO VARI-C MAX FORTE
-          PRODUCTO NEURO SEDANTE MAX  FORTE
-          PRODUCTO ULTRA-MAX FORTE
-          PRODUCTO L CARNITINA MAX FORTE
-          PRODUCTO CARTÍLAGO DE  TIBURÓN
-          DELGADIET FORTE
-          PRODUCTO SAN JUAN
-          PRODUCTO FUCUS
-          PRODUCTO ENERGITON
-          PRODUCTO NONI-MAX FORTE

En consecuencia, todos los citados productos,  “desde la fecha de notificación de la presente resolución y mientras no se obtenga el registro sanitario de este medicamento, éste deberá ser retirado del mercado por parte de quien lo distribuye o expende, sin perjuicio de las responsabilidades sanitarias a que ello diere lugar”




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